Fredy Franco (*)
El Consejo Supremo Electoral, como máxima autoridad electoral de Nicaragua, ha convocado para este 6 de noviembre a las elecciones municipales 2022, donde el pueblo libre, soberano y democráticamente elegirá los cargos de Alcaldes y Alcaldesas, Vice- Alcaldes y Vice-Alcaldesas, y la elección para elegir los cargos de los Consejos Municipales de propietarios y propietarias y sus respectivos suplentes en los 153 municipios del país.
Con estos comicios municipales Nicaragua consolida la senda Democrática venida desde 1984 y asegura por la vía Constitucional y legal la participación plena del pueblo y de los actores políticos en las decisiones para elegir a sus gobiernos municipales.
1. Condiciones y contexto electoral soberano, moderno, equitativo y expedito.
El proceso electoral municipal en marcha ha sido precedido y por tanto orientado por las reformas electorales del año 2021 y de las presentes del año 2022. Las primeras modernizaron el sistema electoral nicaragüense, aseguran la equidad de género y fortalen la soberanía democrático-electoral del país, y las segundas, hacen más expedito los procesos electorales nacionales, incluidas los comicios municipales, reduciéndose favorablemente tiempos, personal y recursos para las elecciones.
En ese sentido, en las reformas de este año, se reduce el tiempo para elegir -de las ternas presentadas por los partidos políticos- las autoridades electorales departamentales, regionales y municipales y los tiempos para campaña electoral municipal, que es de 20 días, e igualmente se amplía la cantidad de ciudadanos que conforman el Padrón de la Junta Receptora de Votos, pasando de 400 a 600 ciudadanos, que facilita la concentración y organización el día de la votación, requiriéndose menos personal electoral y fiscales de lo propuesto por los partidos políticos, y más posibilidad de personal de cada partido para movilizar el voto a favor de su casilla.
Por otro lado, en la convocatoria se le recuerda a los partidos políticos y alianzas de partidos participantes el debido cumplimiento a la Constitución Política de la República y de las leyes: de la Ley Electoral, de la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (Ley 1040) y de la Ley Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, Soberanía y Autoderminación para para la Paz (Ley 1055), además del respeto a las Normas Éticas, Resoluciones, Acuerdos y Normas que emita la autoridad electoral.
Igualmente le recuerda a los partidos políticos y alianzas políticas participantes el debido cumplimiento de la igualdad y equidad de género , asegurando que en las propuestas que presenten en las estructuras electorales y candidaturas sea el 50% de mujeres y 50% de varones, bajo el principio de equidad y alternancia.
2. Avances del proceso electoral municipal, cumplimiento de la Ley y del calendario electoral.
Luego de la Convocatoria a las Elecciones municipales este 15 de agosto, se sometió a discusión con los partidos políticos participantes el calendario electoral, que fue aprobado y publicada el día 18 de agosto, con el debido consenso, para guiar los distintos momentos del proceso electoral, que asegura los derechos y las condiciones para los ciudadanos y los partidos y alianzas de partidos políticos, e igualmente los deberes y responsabilidades establecidas en la Constitución política, leyes y demás dispersiones normativas y reglamentarias que emita la autoridad electoral.
Un momento significativo del proceso electoral fue la Verificación Ciudadana, predominantemente en línea, que se inició el día 18 de agosto, que es fundamental para conformar y actualizar el padrón electoral. En ese mismo momento, tanto en línea como presencial se abrió el proceso de cambio de domicilio para actualizar al ciudadano en el Centro de Votación que le corresponde votar, proceso que se cerró el día 7 de septiembre y con ello se cerró el Padrón Electoral, que luego se entregará de manera definitiva a los partidos o Alianzas de Partidos políticos, el día 22 de septiembre junto a la cartografía electoral definitiva, fundamental luego para la campaña electoral de las fuerzas políticas participantes.
Junto al proceso de Verificación y cambio de domicilio, se continuo el proceso de cedulación permanente en formato moderno, lográndose cedular del 3 de enero al 19 de agosto 2022, 403,384 nicaragüenses, de ellos 74, 047 nuevas solicitudes de cédulas.
Se inscribieron el día 19 de agosto las Alianzas políticas participantes, en este caso la Alianza FSLN Unida Nicaragua Triunfa y la Alianza Partido Liberal Independiente (PLI), autorizándose dichas Alianzas el día 23 de agosto.
En esa misma fecha se confirmaron por el CSE el orden de las casillas de los partidos políticos y alianzas participantes, con la siguiente ubicación: Casillas número Uno (1): Partido Liberal Constitucionalista (PLC); Casilla número Dos (2): Alianza Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), conocida como “Unida Nicaragua Triunfa”, que integra a los Partidos Políticos: Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), Partido Liberal Nacionalista (PLN), Partido Unidad Cristiana (PUC), Partido Alternativa por el Cambio (AC), Partido Resistencia Nicaragüense (PRN), Partido Indígena Multiétnico (PIM), Partido Movimiento Yapti Tasba Masraka Raya (Myatamaran), Partido Autónomo Liberal (PAL), Partido Movimiento Indígena Progresista de la Moskitia (Moskitia Pawanka); además es acompañada por la Alianza de Resistencia Nicaragüense (Arnic), Movimiento Evangélico en la Convergencia, el Movimiento Indígena de la Costa Caribe, el Movimiento de Liberales Constitucionalistas de Convergencia y el Movimiento Liberal Constitucionalista Independiente (MLCI); Casilla número Ocho (8): Partido Yapti Tasba Masraka Nanih Asla Takanka (YATAMA); Casilla número Nueve (9): Partido Alianza Liberal Nicaragüense (ALN); Casilla número Diez (10): Partido Alianza por la República (APRE); Casilla número Trece (13): Alianza Partido Liberal Independiente (Alianza PLI) que es conformada por el Partido Liberal Independiente (PLI) y el Partido Movimiento de Unidad Costeña (PAMUC).
Luego se convocó a la elección de autoridades electorales, de ternas presentadas por los partidos políticos, primero de los Consejos Electorales Departamentales y Regionales el 26 de agosto, nombrados el día 5 de septiembre y juramentados el día 9 de septiembre; luego para los Consejos Electorales Municipales se hizo la presentación de ternas del 8 al 13 de septiembre, nombrándose el día 19 de septiembre y juramentándose el día 21 de septiembre; en todos los casos, se respetó en dicha representación la pluralidad política en la composición de estos Consejos, tal como mandata la Ley Electoral; autoridades que ya fueron debidamente juramentadas e instaladas para proceder a los siguientes pasos del proceso electoral .
Los Partidos y Alianzas de Partidos Políticos deberán presentar las ternas para integrantes de las Juntas Receptoras de Votos desde el día 29 de septiembre al 6 de octubre, su nombramiento del 10 al 14 de octubre y toma de posesión el dia 31 de octubre, al mismo tiempo la solicitud de acreditación de fiscales el día 7 de octubre y la entrega de credenciales de los fiscales el día 27 de octubre, asegurando los partidos políticos su debida presentación en cada una de las Junta Receptoras de Votos el día de la votación.
3-Condiciones legales, políticas y organizativas para la campaña electoral y la votación.
Asegurada todo lo relacionado a la verificación ciudadana y actualización del Padrón Electoral de los Ciudadanos habitados para votar y presentadas, nombradas y juramentadas las autoridades electorales en todos los niveles, están creadas las condiciones necesarias para la campaña electoral y la votación el día 6 de noviembre 2022.
La campaña electoral municipal se desarrollará del 12 de octubre al 1 de noviembre 2022, en la que cada partido o alianzas de partidos desarrollará su proselitismo político en cada uno de los 153 municipios el país, conforme la Ley y el Reglamento de Ética Electoral publicado el día 12 de septiembre 2022, que deja claro los deberes éticos y legales que deben cumplir las fuerzas políticas participantes, de no hacerlo la misma ley y el reglamento establecen los pedimentos y sanciones correspondientes.
Luego se inicia el periodo de Silencio Electoral del 2 al 5 de noviembre y del 3 al 5 de noviembre los medios de comunicación estarán a la orden del CSE para difundir información oportuna sobre el proceso electoral, a los ciudadanos nicaragüenses.
Con estas condiciones democrático- electorales el pueblo libremente ejercerá su derecho al voto y elegirá el 6 de noviembre a sus autoridades municipales, con lo cual se seguirá consolidando la democracia electoral municipal nicaragüenses y las posibilidades reales desarrollo en las comunidades urbanas y rurales, solo logradas con la Revolución Sandinista en esta segunda etapa de la Revolución, con el apoyo efectivo a las Alcaldías Municipales del Gobierno Nacional que encabeza el Comandante- Presidente Daniel Ortega y la compañera Vice-Presidenta. Rosario Murillo que han llevado y fortalecido el desarrollo social, económico, infraestructural, cultural y deportivo de todos los municipios de Nicaragua.
(*) Cientista Social e Historiador. Profesor Titular UNAN Managua.