Fabrizio Casari (*)
El término “soberanía nacional” insinúa cosas nobles, sentimientos de patriotismo e independencia, de libertad y autonomía. Hay diferentes maneras de declinarlas, algunas cortesanas y otras decididamente concretas. Un ejemplo de este segundo tipo es la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes y servicios públicos como parte fundamental de los derechos colectivos. Este es el principal fundamento del principio teórico de igualdad: afirmar la universalidad del derecho público y su prevalencia sobre el derecho privado. Lo que no implica leer el derecho privado como hijo de un dios menor, sino que considera que nunca puede representar una prioridad sobre el derecho colectivo.
Esta lectura sólo aparentemente dicotómica se inspira en una idea de sociedad que tiene en la horizontalidad de los derechos universales y no en la verticalidad jerárquica de clase – típica del derecho privado – el sentido profundo del modelo político, que sí reconoce el derecho a los negocios, pero antes aún el deber de defender a los que sufren por esos negocios. En definitiva, trata de limitar los abusos que conlleva la gestión desregulada de las empresas.
La actividad privada, de hecho, está autorizada y regulada, es apoyada pero supervisada, precisamente porque no puede tener lugar fuera de las leyes y normas que constituyen la columna vertebral de todo sistema legal.
Además, incluso cuando no hay un sistema socialista, existe una jerarquía entre el derecho público y la empresa privada. Un ejemplo de ello son las decisiones tomadas para proteger la salud pública en la lucha contra la pandemia del Covid 19, donde la protección del bien común (salud pública) prevaleció sobre el respeto al derecho privado (negocios y libertad de circulación). De hecho, las medidas restrictivas decididas redujeron o limitaron la libertad privada al consagrar un prius del interés público.
Nicaragua tiene un modelo inspirado constitucionalmente en la pluralidad de derechos donde se aplica de manera equitativa y razonable el Derecho público y privado. La Ley 1061 interviene precisamente para reiterar la prevalencia del derecho público sobre los actos y normas de las empresas privadas y, al definir al Estado como “consumidor”, asocia la protección pública a los derechos del consumidor. En definitiva, interviene para interponer al Estado – entidad representativa de la sociedad – entre el ciudadano individual y la empresa privada, que cada vez más a menudo se sitúa en una condición de absoluta arbitrariedad en la relación con el consumidor/cliente.
Bancos todopoderosos?
La ley era necesaria para devolver la legalidad a un sector – el de la captación de ahorro y el ejercicio del crédito, así como de las actividades financieras – que reitera los abusos contra los usuarios y que, ya desde 2018, ha vulnerado en muchas ocasiones el principio constitucional de igualdad entre todos los ciudadanos. Al boicot de algunos bancos hacia las instituciones públicas durante el intento de golpe de Estado de 2018, se sumaron conductas discriminatorias tanto en la terminación unilateral de contractos existentes como en la negación de operaciones contables sobre depósitos y cuentas corrientes de algunos ciudadanos nicaragüenses que no se explican por una supuesta irregularidad de los cuentacorrentistas en cuestión o por violaciones al código.
Ante las inevitables objeciones, argumentaron que podían actuar en la creencia de que las alianzas internacionales con las que estaban asociados eran primordiales y que éstas tenían más valor que las leyes de la República de Nicaragua. Pues, reivindicando la condición de empresa y la propiedad privada de la entidad de crédito y, con ello, operando en nombre y por cuenta de su exclusivo interés, los bancos argumentan sus decisiones discriminatorias en función de su conveniencia con la pertenencia a redes financieras internacionales. En algunos casos, ca va sans dire, con la necesidad de defenderse de la amenaza recibida de sanciones contra ellos que podría aplicar el gobierno estadounidense para no aplicar sus sanciones unilaterales.
La Ley 1061 llama la atención sobre un principio básico: los bancos gozan de diversos privilegios y coberturas en sus operaciones, pero en ningún caso pueden convertirse en sujetos de valor preeminente respecto al Estado. La circulación de capitales y el crédito son una parte determinante de la capacidad de producir riqueza y, por tanto, tienen un valor estratégico en la vida económica de todo país. Por ello, los bancos, como gestores (al menos en parte) del bien o interés público además del privado, responden a regulaciones y controles particulares y – en su beneficio y garantía – gozan de una cobertura financiera que un simple ciudadano particular no posee.
Por lo tanto, no se trata del derecho de explotación de una propiedad privada, sino que ésta se da en virtud de una concesión gubernamental y el banco debe actuar con absoluto respeto a las normas y leyes que regulan el funcionamiento de las actividades financieras permitidas. . Aun siendo un concesionario privado, está realizando un servicio público. Así, la condición sine qua non para que el banco pueda seguir operando es que se adhiera de acuerdo con el principio constitucional de igualdad de todos los ciudadanos y, en forma y fondo, a la legislación y normativa nicaragüense en materia de acceso al crédito y en la prestación de servicios públicos.
Por ejemplo, las sanciones decididas por el Gobierno de Estados Unidos, pero rechazadas por el Gobierno de Nicaragua, no pueden aplicarse a los bancos que operan en Nicaragua, país al que pertenecen los sancionados. Ellos se verían perjudicados por partida doble: en primer lugar, por no poder operar con y en Estados Unidos, y en segundo lugar, por recibir restricciones e impedimentos en su propio país, que nunca ha reconocido la legitimidad de estas sanciones e, incluso, las ha denunciado como arbitrarias, ilegítimas, ilegales y perjudiciales para el interés general de Nicaragua.
Es bien sabido que a los bancos no les gusta el GRUN: aparte del color ideológico general, el plan “usura cero” ha limitado considerablemente su negocio y, con ellos, el poder financiero con el que manejaban a su antojo el ahorro privado. Hasta ahora, nos encontramos en el conflicto entre los intereses privados orientados al beneficio de los accionistas y el papel público del Estado, comprometido con la mejora de las condiciones socioeconómicas de la población.
Hay algunas cuestiones difíciles sobre la legalidad de las operaciones de los bancos. Partamos de la base de que no hay ningún derecho de las empresas privadas que supere al del Estado. La idea de que, como particulares, pueden disponer de los derechos de los ciudadanos a su antojo, es un disparate. La actividad de una institución financiera se lleva a cabo mediante autorización pública y está sujeta a la supervisión de las autoridades bancarias centrales y, por tanto, en última instancia, al control del Estado, que impone el respeto de las normas y leyes que regulan las distintas actividades en el país.
Por ello, precisamente para salvaguardar los derechos individuales, no es posible discriminar a los ciudadanos que no sean reconocidos como responsables de conductas ilegales en la gestión de sus cuentas o que hayan sufrido condenas civiles o penales que les impidan ser titulares de cuentas corrientes. En ausencia de esto, no pueden de ninguna manera ser sometidos a lo que parece ser el resultado de una elección discriminatoria y política por parte del banco que, sin embargo, opera en territorio nicaragüense y debe respetar las regulaciones estadounidenses.
Extraterritorialidad del abuso
Las sanciones de Estados Unidos contra los ciudadanos nicaragüenses son una indecencia legal. Las medidas (administrativas) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos son medidas unilaterales de carácter político, incluso ideológico. Tienen valor exclusivamente para el territorio de los Estados Unidos de América, no tienen efectos extraterritoriales y no pueden ser igualados en el extranjero, a menos que los gobiernos de otros países decidan adherirse a ellos. Lo cual no es el caso de Nicaragua.
La costumbre de Estados Unidos de considerar su legislación como universal y sus tribunales con rango internacional los lleva a menudo a cambiar de opinión. Un ejemplo entre muchos es la Ley Helms-Burton de 1996, con la que planeaban sancionar a cualquier país del mundo que hiciera negocios y comercio con Cuba. La denuncia de la UE, Japón y Canadá ante la OMC y las anunciadas represalias contra las empresas estadounidenses los empujaron a declarar cada seis meses la suspensión de las enmiendas que amenazaban a terceros países.
Lo mismo sería necesario ahora, pero hay que reconocer que los tiempos son diferentes. No obstante, si el banco considera que ignorar el dictado político de Estados Unidos le causará un daño mayor que los ingresos que obtiene por operar con unos millones de cuentas corrientes en Nicaragua, debería hacer gestiones ante el gobierno estadounidense y no discriminar a los ciudadanos nicaragüenses. De lo contrario, nadie le impide cerrar las operaciones financieras y comerciales en Nicaragua, después de haber pagado hasta el último córdoba de lo que tiene en reserva de los ahorros públicos y privados de los ciudadanos nicaragüenses, más conocido como la reserva obligatoria, que sirve para proteger a los consumidores de las políticas inescrupulosas que arriesgan la insolvencia bancaria. Por lo tanto, sus accionistas tendrán que decidir si les conviene perder la posibilidad de operar en un país, con la consiguiente renuncia a beneficios muy importantes, para cumplir con la histeria de la administración estadounidense. A este respecto, conviene recordar que actualmente hay 73 países sometidos a sanciones estadounidenses de un total de 193 en el mundo, y que las medidas unilaterales que inventa Estados Unidos sólo sirven para obtener ventajas comerciales en los mercados internacionales.
Veremos qué camino toman. Ciertamente, la ley que se ha aprobado les protege de Estados Unidos, ya que la adhesión a las medidas unilaterales de Washington supondría la suspensión o revocación de las autorizaciones para operar y las pérdidas financieras serían enormes. A la espera de las decisiones, nos quedamos con la pregunta sin respuesta que planteó el dramaturgo alemán Bertold Brecht: “¿Es más criminal robar un banco o fundarlo?”
La chamorriada negra
Parece que podrìa ser Cristiana Chamorro, viuda de Antonio Lacayo, el yerno-presidente “de facto” de Nicaragua de 1990 a 1996, quien represente a la oposición nicaragüense en las elecciones del próximo noviembre. Se objetará que en realidad ella representa sobre todo a la familia Chamorro, pero la elección de Cristiana proviene de la embajada de Estados Unidos en Managua, que es la accionista mayoritaria de toda la oposición.
Los cabecillas golpistas han firmado un acuerdo de seis puntos en el que dicen estar dispuestos a someterse al juicio de los votantes de la derecha para determinar quién será el candidato y esperan que el mismo proceso se utilice para las candidaturas a diputado. Básicamente están trasladando las luchas internas hacia abajo. También declaran que, sea quien sea, todo el mundo le apoyará. Es la victoria -por ahora- del embajador de Estados Unidos en Managua, Sullivan, que advirtiò como que los que no apoyen a su candidato no tomaràn un dólar de Estados Unidos. El efecto fue inmediato, están dispuestos a conformarse con un escaño de diputado con tal de seguir recibiendo el sueldo de EE.UU.
La eventual elección de Cristiana Chamorro plantearía una estrategia electoral que difiere en gran medida de las pensadas hasta hace unos meses antes del cambio de guardia en los asesores de la Casa Blanca para América Latina. Con Ted Cruz y Elliot Abrams surgió una preferencia por la imagen dura de la oposición y la memoria de 2018 se propuso como figura de beligerancia antisandinista.
Los partidos históricos de la derecha nicaragüense fueron reducidos a “oposición de conveniencia a la dictadura” y su derrocamiento fue declarado en nombre de un cambio generacional e incluso en el aspecto de la superación de la forma de partido.
En una idea de enfrentamiento mortal con el sandinismo, se propuso una concepción militar-movimientista, la llamada “autoorganización” de 2018 que hizo prevalecer la dimensión extremista antes que la de la mediación política. Evidentemente, el intento de golpe de Estado no tuvo nada de espontáneo, pero la forma organizada del ex MRS se impuso a los partidos de la derecha tradicional. Se les pidió, si acaso, que pusieran a disposición de la campaña electoral la personalidad jurídica y la estructura territorial, pero que dieran un paso atrás en las candidaturas. En esta clave, la contribución a la causa del antiguo MRS cobró valor y la galaxia liberal, reducida a un alhelí, perdió importancia.
La elección de Cristiana Chamorro indica un cambio de estrategia. En el plano político y organizativo ve la unificación de la mayor cantidad posible de fuerzas políticas de derecha en torno a las familias oligárquicas y el Cosep, en alianza con CXL; la negativa a entregar a Dora María Téllez las claves organizativas y políticas de la oposición al sandinismo y, con ello, hacer inevitable la ruptura con el bloque liderado por el ex MRS, que además de ser poca cosa numéricamente, tiene un efecto repelente hacia el electorado de centro y derecha.
Igualmente indicativa es la candidatura de Cristiana Chamorro en términos simbólicos. En una clara referencia a 1990, insinúa un paralelismo con su madre: una mujer, transversal a los partidos, inexperta en política, pero ligada al destino de la familia. Indica los dieciséis años de liberalismo como horizonte programático y se refiere a una idea de gobierno aliada a los EEUU y a la UE. En el plano de la evocación de la imagen positiva quiere proponer la figura femenina que desafía al Comandante-Presidente, la mujer de la casa que se lanza contra el político profesional. Cristiana no es un líder político al que se le pueda achacar lo que fueron los años de proximidad a Somoza, la tragedia liberal y el golpe de Estado. Sólo es la hija del presidente, la viuda de su yerno primer ministro, la hermana del director, la prima del candidato. No tiene ninguna responsabilidad personal por el pasado, porque siempre ha sido algo de alguien pero no de sí misma.
Pero no hay rebajas posibles cuando se abrazan las obras de la familia oligárquica al servicio de la potencia extranjera, que pide sanciones contra su propio país, cualquier presunta inocencia hacia los hechos pasados se pierde, se traga por el compartir la línea política, de los actos y, por tanto, de las responsabilidades. El hecho de proponerse como contrincante del Presidente indica cómo la familia Chamorro se considera líder de la oligarquía y primer servidor del imperio, reproduciendo la estructura de la dependencia hasta el infinito, que los quiere dominantes por dentro y dominados por fuera.
La imposición de la candidatura de la vástago remite inmediatamente a la elección dinástica de la oligarquía y, reivindicando el gobierno de su marido y de su madre, propone una comparación entre el horror del expolio y el saqueo de un país que quitaba a los pobres para dar a los ricos con la actualidad de una Nicaragua en la que sí hay pobres pero no la miseria y donde los últimos se han convertido en sujetos de derecho.
El error de tal estrategia radica en la evaluación incorrecta del contexto nacional e internacional. Nicaragua no es un país agotado por diez años de guerra, sino una nación que se ha hecho adulta, una tierra de derechos, de crecimiento económico y social, de avance cultural, de progreso científico y tecnológico, de estabilidad económica y tranquilidad financiera. Un lugar donde lo que se ha recortado es la pobreza y no la inversión; donde las mujeres reducen la brecha de género y no las oportunidades; donde la seguridad es alta, no el peligro. Un lugar donde los salarios aumentan y no los precios; donde la electricidad, el agua y el Internet se expanden y no se desesperan; donde la salud se distribuye y no la muerte por enfermedades curables; donde la gente viaja con el transporte más barato de la región y es un ejemplo para el área centroamericana.
La señora Chamorro acaba de “retar” al comandante Ortega y a Rosario Murillo, como presidente y vicepresidenta, a un debate sobre la figura y la obra de Violeta Barrios de Chamorro, a quien su hija considera una estadista irreprochable. El movimiento parece estar destinado a ofrecer algo de publicidad al nuevo candidato. Es impensable que el presidente y el vicepresidente de un país se pongan a debatir con alguien que ni siquiera es presidente de un club de ajedrez, desencadenando una hipotética igualdad de roles que ni la imaginación más viva podría imaginar.
El recuerdo del horror en el que sumió a Nicaragua su madre difícilmente se olvidará. El gran robo de los recursos y bienes de Nicaragua se produjo a través de la venta de las empresas de transporte (aviones y trenes), la espantosa corrupción, el aniquilamiento de todo gasto social, el abandono y descuido del territorio y de los servicios al pueblo, sin olvidar el regalo que se le hizo a los amos del Norte, renunciando a exigir el cumplimiento del fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya que obligaba a EEUU a indemnizar a Nicaragua. Todo el mundo puede ver las obras públicas del sandinismo que han puesto a Nicaragua del revés, así como nadie ha olvidado el daño causado por los chamorros. Se dará cuenta de ello el próximo noviembre.
(*) Periodista, Analista Político Director de Periódico Online www.altrenotizie.org y colaborador de la Revista Visión Sandinista